jueves, 19 de julio de 2012

Definiciones conceptuales y su aplicabilidad en nuestra región


Por: John Balcázar Balboa

P

luriculturalidad: concepto que tipifica la particularidad de una región en su diversidad sociocultural. En esta definición no se hace referencia al tipo de relaciones entre los diferentes grupos culturales. Para Walsh la pluriculturalidad en América Latina es ‘‘el reflejo de la necesidad de un concepto que represente la particularidad de la región donde pueblos indígenas y pueblos negros han convivido por siglos con blancos-mestizos y donde el mestizaje ha sido parte de la realidad, como también la resistencia cultural…. Y la revitalización de las diferencias’’. (Walsh Catherine. 2001: 164. Extraído de …)

Multiculturalidad: De donde se desprende el multiculturalismo, parte del reconocimiento del derecho a ser diferente y del respeto entre los diversos colectivos culturales. El principio de separación caracteriza este respeto. No se trata de una separación geográfica con hitos tangibles. El respeto apunta a la igualación de las oportunidades sociales más no necesariamente favorece de modo explícito la interrelación entre los colectivos interculturales. Existen diversas tendencias entre la corriente multiculturalista, cada una con sus propios matices (Kincheloe, Joe L. et al., 1999): el multiculturalismo conservador o monoculturalismo, el multiculturalismo liberal, el multiculturalismo pluralista, el multiculturalismo esencialista y el multiculturalismo teórico.

Interculturalidad: es un concepto que parte también del reconocimiento de la diversidad y del respeto a las diferencias. Interculturalidad es la puesta en práctica de un proceso de interrelación que parte de la reflexión del reconocimiento y el respeto ‘‘otro’’ desde la realidad vivida. Esto implica ir más allá de la descripción y la comparación entre culturas, más allá de la elaboración de marcos legales, acuerdos y convenios. Desde una perspectiva del derecho la interculturalidad es el derecho ‘‘de las personas a modular su identidad con la referencia, entre otros, a la identidad cultural que, por eso, se tiene derecho a proteger. Es desde ese derecho desde donde los miembros de los colectivos culturales diversos, directamente y a través de sus instituciones y organizaciones, tienen la plena legitimidad para constituirse en sujetos iguales de una relación cultural que se expresa como interculturalidad; es desde ese derecho desde donde se ilegitiman otros modos de ‘‘relación’’ que supone su quebrantamiento por la dominación que implican, desde la asimilación forzada pasando por formas de explotación y marginación, hasta el etnocidio’’ (Etxeberría, Xabier en: Heise, María, 2001:29). 

Desde una perspectiva de la aplicación de la reflexión del reconocimiento y respecto al ‘‘otro’’ la práctica intercultural genera una relación recíproca entre la distancia y el acercamiento a la propia sociedad. Esta distancia hacia la propia sociedad es necesaria para abrirnos hacia el ‘‘otro’’. Algunos autores la denominan ‘‘descentralización cultural indispensable’’ (Marín, José, 2001). La distancia nos permite experimentar la estupefacción que sentimos en nosotros mismos por aquello que consideramos normal y natural de nuestra sociedad. Esta estupefacción se produce por un ejercicio de comparación, resultado el acercamiento a lo que sentimos como extraño.

Precisamente es la interculturalidad la encargada de responder a la potenciación de la educación en Bolivia, tras un legado de inequidad académica, a causa de la imposición de un modelo educativo occidental, que era benefactor de blancos y mestizos, al ser impartido mediante la lengua y sistemas simbólicos de la cultura dominante, descartando los saberes, conocimientos de las culturas sometidas aunque paradójicamente estas representaban la mayoría en densidad poblacional, a causa ello se pensó que los indígenas eran inferiores intelectualmente por su dificultad para asimilar los conocimientos. Así surge la interculturalidad en la educación con la finalidad de impartir enseñanzas en lenguas maternas, revalorizar conocimientos ancestrales, para formar identidades y no como antes se las imponía.

A lo largo de la historia tomaremos dos puntos fundamentales para abordar el tema de educación e interculturalidad.

El primero con la Ley de Reforma Educativa 1565 el año de 1994, nace como una reforma de carácter neoliberal     

Valiente, Cater Teresa (2002). Encanto de lo diverso, fascinación de lo diferente, desafío de la creatividad: interculturalidad y formación docente en Educación Intercultural Bilingüe, PROFODEBI-GTZ,

Walsh Chaterin (2001). La interculturalidad en la educación. Editorial Fortepe. Lima





















SORIANO Ayala Encarnación (2004). La práctica educativa intercultural. Editorial Muralla. Madrid.

De León Cieza. (1553). El Señorío de los Incas. Dastin S.l. Madrid.



Klesing-Rempel Ursula. Editores Plaza y Valdés. México, 1999,

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